martes, 19 de septiembre de 2017

Naturaleza Jurídica de las Entidades Federativas


Dentro de las divisiones políticas y administrativas de los Estados encontramos tres modelos:
1.    Estados unitarios: se caracteriza por la concentración homogénea e indivisible del poder y las regiones del estado carecen de autonomía o gobierno propio
2.    Estados confederados: los integrantes de ésta gozan de soberanía interna y externa, las decisiones tomadas por la confederación no vinculan de forma directa a los gobernados de los estados confederados; sino que se hace necesario primeramente que cada estado miembro en ejercicio de su soberanía adopte como propias las decisiones de la confederación. El gobierno confederado sólo se ocupa de los asuntos exteriores. Los miembros de la confederación pueden abandonar el pacto.
3.    Federalismo o estado federal: los integrantes de la Federación pierden su soberanía externa y transfieren determinadas facultades internas a favor de un poder central, denominado poder federal, reservándose para sí todas aquellas facultades no transferidas a la autoridad federal; la autoridad del Estado federal comprende a los asuntos exteriores e interiores. Las asociaciones (entidades federativas) están unidas, no por un tratado, sino por una Constitución; en el estado federal o federalismo ningún estado miembro puede abandonar el pacto. En el sistema federal se procura la coexistencia de dos mandos de poder (uno central y otro local), lo que, ya de por sí, presupone un fraccionamiento del mismo poder que se traduce en una autolimitación per se prescrita por la Constitución.

En el caso de nuestro país, estamos regidos por el federalismo, ya sabemos que existen el poder federal  y el estatal, con la descripción anterior vamos delimitando cuál es la función de cada nivel de gobierno. Es importante señalar que las entidades federativas están sometidas a un pacto y no pueden salirse de éste; comento esto porque en repetidas ocasiones se ha observado el deseo de ciudadanos por buscar independencia de alguna región de México, pero en la Constitución no está permitido. Si México fuera confederado, sería diferente la situación.

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